VoTo DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 49. Hágase saber y archívese.
E. RAÚL ZAFFARONI.
GOBIERNO DE La CIUDAD ve BUENOS AIRES
v. MIGUEL ANGEL LEDESMA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
La decisión del Tribunal Superior de Justicia dela Ciudad de Buenos Aires que, en el marco de un examen de las condiciones de admisibilidad de un recurso de inconstitucionalidad local, se pronunció por la ausencia del requisito de definitividad del fallo, constituye una sentencia definitiva o equiparable en los términos del art. 14 de la ley 48, ya que por esa vía convalida la decisión de cámara que ratificó la aptitud del tribunal de grado para conocer en la causa, absteniéndose de considerar los agravios constitucionales del representante gremial.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones laborales.
La demanda de exclusión de tutela sindical atañe al derecho labor al común y no al del municipio, por lo que no debe ser resuelta por los jueces locales de la Ciudad de Buenos Aires.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3122
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