329 Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3.
GOBIERNO DE La CIUDAD oe BUENOS AIRES v. HECTOR. BUZZALINO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Sucesión. Fuero de atracción.
La inscripción de la dedaratoria de herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble no produce el cese dela indivisión hereditaria, que sólo ocurre mediante la partición de los bienes, debidamente inscripta, por lo que no llevándose a cabo ésta, continúa la vigencia del fuero de atracción ejercido por la sucesión, conforme lo dispuesto por el art. 3284 del Código Civil.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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La presente contienda negativa de competencia se origina en la ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra Héctor Angel Buzzalino, a fin de obtener el pago de la suma que, presuntamente, le adeudaría por el inmueble ubicado en el PasajeEl Trovador 3169 de esta Ciudad, en concepto de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Contribución Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley 23.514 (fs. 3/4).
— 1 Si bien la titular del Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y TributarioN ° 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries comenzó con
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2800
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