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Fallos: 329:2113 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de mayo de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

1°) Que afs. 47/52 se presenta el Estado Nacional —Estado Mayor General del Ejército— e inicia demanda contra la Provincia de Entre Ríos a fin de que se declare la inconstitucionalidad dela ley provincial 9631, del 10 de mayo de 2005, por medio de la cual el Estado local dispuso revocar la donación de un inmueble ubicado en la ciudad de Paraná que había efectuado en favor de la demandante mediante ley 2841, del 29 de diciembre de 1924, por no haber cumplido el cargo al que estaba supeditada (fs. 8).

Cuestiona dicha ley en cuantointerfier een el ejerciciode latitularidad que tiene el Estado Nacional sobre el referido inmueble, que está afectado a la defensa nacional y regulado por la ley nacional 23.985 y su decreto reglamentario 653/96, arrogándose así la provincia —según dice— funciones delegadas al Gobierno Nacional en violación de los arts. 31, 75 incs. 5 y 30, y 121 de la Constitución Nacional.

Agrega que, desde otro enfoque, la revocación intentada es inadmisible pues, por un lado, no ha mediado incumplimiento del cargoni abandono del inmueble, sino que, en todo caso, la provincia debió constituirlo en mora respecto de la ejecución de dicha obligación, presupuesto insoslayable de la revocación que no ha sido llevado a cabo.

Afirma que el 15 de abril de 1999 celebró un contrato de locación con la denandada, por el cual leotor gó el uso y goce del inmueble para que funcione el Museo de Ciencias Naturales y toda otra actividad relacionada con éste, prohibiendoal locatario asignarleun destino distintoal especificado (fs. 13/17 y 47 vta.), negocio jurídico que demuestraun reconocimiento de parte de la provincia de que el Estado Nacional es el propietario del inmueble.

2) Queafs. 50 solicita que mientras durela sustanciación de este proceso y hasta tanto se pronuncie el Tribunal de manera definitiva, se dicte una medida cautelar de prohibición de innovar que impida la inscripción registral del inmueble a favor de la Provincia de Entre Ríos.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2113 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-2113

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