Considerando:
Que esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador Fiscal a cuyos términos cabe remitir en razón de brevedad.
Por ello, se confirma la sentencia apelada en todo cuanto fuera materia de apelación. Notifíquese y remítase.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BoGGIANO — JUAN CARLOS
MAquEeDA — E. RAÚL ZAFFARONI — ELENA |. HIGHTON DE NoLasco.
Recurso ordinario interpuesto por Erich Klimacek, representado por los doctores Fernando A. Fracchia y Jorge L. Varisco.
Tribunal de origen: Juzgado Federal de Resistencia, Provincia del Chaco.
G.C.B.A. v. MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención dela Corte Suprema.
Es facultad de la Corte Suprema otorgar el conocimiento de las causas alos jueces realmente competentes para entender en ellas, aunque no hubiesen sido parte de la contienda, a fin de evitar situaciones que van en desmedro del principio de economía procesal y del buen serviciode justicia, máxime cuando la demandada ya invocó su derecho al fuero federal.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Nación.
La ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, corresponde a la competencia del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, puesto que, por un ladoresultan aplicables los arts. 116 de la Constitución Nacional,2 inc.6 y 12 dela ley 48, que establecen que corresponde a la justicia federal conocer de las causas en que la Nación ouna entidad nacional sea parte y, por el otro, que para resolver la pretensión del actor deberán aplicarse normas y principios propios del derecho público.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:86
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