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Fallos: 328:614 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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MARTIN LACLAU v. NESTOR A. FASCIOLO y Otro

SANCIONES DISCIPLINARIAS.
En tantola inter vención de la Corte Suprema en materia disciplinaria sólo resulta procedente cuando media arbitrariedad o manifiesta extralimitación en el ejercicio de las facultades sancionatorias por las autoridades respectivas y cuando razones de orden general lo hagan conveniente, corresponde rechazar el recurso interpuesto contra la sanción impuesta a un camarista por el Consejo de la Magistratura —por la retención deliberada de expedientes y el no acatamiento de decisiones válidamente adoptadas en mayoría por sus pares-, si no surgen elementos que per mitan variar el tenperamento adoptado.

SANCIONES DISCIPLINARIAS.
Corresponde rechazar el recurso contra la multa impuesta por el Consejo dela Magistratura, si el magistrado no logró demostrar quela sanción lefue aplicada en forma irregular, dado que de la lectura de las actuaciones surge que si bien el dictamen que había propuesto la comisión de disciplina al plenario del Consejo no hizo mayoría, sí la obtuvo la pr opuesta efectuada por uno de los consejeros en uso de facultades reglamentarias.


CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.
El hecho de que el voto de cada uno de los consejeros de la sesión en la que se sancionó a un magistrado no fuera precedido de una explicación de los motivos quelosustentaban -lo que tornaría imposible el funcionamiento del plenario-no implica que tales votos fueran meras decisiones sin contenido, pues los motivos estaban expresados en los considerandos del dictamen elaborado en la comisión de disciplina que había sido llevado a la discusión plenaria y a partir del cual se había formado la opinión de cada uno de los consejeros sobre la responsabilidad del camarista.


CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.
Corresponde rechazar el recurso contra la sanción impuesta por el Consejodela Magistratura si el nuevo proyecto sólo varió respecto del dictamen elaborado en la comisión de disciplina sobreun aspecto -la desvinculación del colega de sala— no relacionado con los hechos ni la responsabilidad que en ellos cabía al apelante.


CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.
Corresponde rechazar el recurso contra la sanción impuesta por el Consejodela Magistratura si el recurrente realiza enunciaciones genéricas, pero no aclara

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:614 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-614

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