|| — Sobre el cargo: "A) Pago ilegítimo efectuado a un imputado de la causa —Carlos Alberto Tele dín— con el fin de acordar su declaración indagatoria para involucrar a personal dela Policía Bonaerense".
El señor Presidente doctor Augusto César Belluscio y los señores miembros doctores Jorge Alfredo Agúndez, Enrique Pedro Basla, Manuel Justo Baladrón, Sergio Adrián Gallia, Manuel Alberto Jesús Moreira, Ramiro Domingo Puyol, Eduardo Alejandro Roca y Guillermo Ernesto Sagués, dicen:
DESARROLLO CARGO PAGO. EL PAGO DEL MAGISTRADO
AL IMPUTADO TELLELDÍN.
1°) Que el Consejo de la Magistratura, en la resolución N° 5/05 expediente N ° 313/01 y sus acumulados) del 9 de febrero de 2005 le imputó al doctor Juan José Galeano "haber planificado el pago, en forma dandestina y demodo absolutamenteilegal, dela suma de cuatrocientos mil pesos o dólares provenientes de los fondos reservados y/ osecretos dela S.I.D.E. auno delo imputados en la causa queinvestigaba [el atentado] contra la sede de la A.M.I.A., Carlos Alberto Tele dín, a cambio de queeste último terminara aportando en el marco del aludido expediente, una versión convenida con e magistrado acerca del destino quele diera a la camioneta que luego explotó en la sededela A.M.I.A., involucrando a personal dela Policía Bonaerense en el atentado".
En su alegato final la acusación manifestó que la imputación que se le efectúa al juez no abarca la culpabilidad o la inocencia de los policías bonaerenses, sino que "a los efectos dela imputación (...) no es de todo reevante si sele pagó a Teledín para que mintiera o para que dijera la verdad". Señaló la diputada Marcela Rodríguez que el reproche consiste en que un juez negoció con un imputado a fin de que éste aportara una versión consensuada en determinado sentido (conf.
versión estenográfica de la audiencia del 14 de julio de 2005).
2) Que se ha probado durante el curso de este juicio pdlítico que efectivamente el magistrado acusado, doctor Juan José Galeano, intervino en la preparación, negociación, organización y ejecución del pago de una suma de dinero en efectivo al encartado Telleldín —quien se hallaba detenido a su disposición— para que accediera a ampliar su declaración indagatoria en la causa N° 1.156 que tramitaba ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 9.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5473
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