coparticipación de impuestos y fondos específicos) a las provincias, emergentes de la ley 23.548 y sus disposiciones complementarias y modificatorias, así comolas delas leyes 23.966, 24.130, 24.699, 25.082 y toda otra norma que dispusiera asignación o distribución específica de impuestos, se fijaba en una suma única y global anual equivalente a mil trescientos cincuenta millones de pesos ($ 1.350.000.000), quela Nación garantizaba con el doble carácter de límite inferior y superior dedichas transferencias, con independencia de los niveles de recaudación deimpuestos existentes o a crearse en el futuro.
9°) Que con posterioridad, el 17 de noviembre de 2000, las mismas partes firmaron el "Compromiso Federal para el crecimiento y la disciplina fiscal", ratificado por la ley 25.400. En esta oportunidad, en la cláusula sexta se fijó que durante los ejercicios fiscales 2001 y 2002, las transferencias por todo concepto (coparticipación de impuestos y fondos específicos) a las provincias, emer gentes de la ley 23.548 y sus disposiciones complementarias y modificatorias, así como las de las leyes 23.966, 24.130, 24.699, 24.464, 25.082 y toda otra norma que disponga asignación o distribución específica de impuestos, sería una suma única y global mensual de mil trescientos sesenta y cuatro millones de pesos ($ 1.364.000.000), que la Nación garantizó con el doble carácter de límite inferior y superior de dichas transferencias, con independencia de los niveles de recaudación de impuestos existentes 0a crearse en el futuro.
Asimismo acordaron que los recursos a transferir a las provincias durante los años 2003, 2004 y 2005 resultarían del promedio de lo recaudado coparticipable en los tres años anteriores a cada uno de ellos, noobstantelo cual el Estado Nacional garantizó una transferencia mínima mensual de mil cuatrocientos millones de pesos $ 1.400.000.000) para el año 2003, mil cuatrocientos cuarenta millones de pesos ($ 1.440.000.000) para el 2004 y mil cuatrocientos ochenta millones de pesos ($ 1.480.000.000) para el 2005.
10) Que lo expuesto precedentemente revela que en el período 20002002 el sistema de coparticipación se modificó al sustituirse la masa de fondos a distribuir (art. 2 de la ley 23.548) por una suma fija quela Nación garantizaba alas provincias, independientemente de lo recaudado.
11) Que en este marco, se suscribió el referido acuerdo del 27 de febrero de 2002, que estableció en el art. 4° que "las partes acuerdan
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4670
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