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Fallos: 328:4614 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Recurso de hecho interpuesto por Fisco Nacional (Administración Federal de Ingresos Públicos -Dirección General de Aduanas), representado por el Dr .Diego Calandria.

Tribunal de origen: Sala I| de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 6.

D.E.A.


CORTE SUPREMA.
Corresponde desestimar la presentación si la cuestión planteada no constituye ninguno de los casos que, con arreglo a lo dispuesto en los arts. 116 y 117 dela Constitución Nacional y en las leyes que los reglamentan, habilitan la jurisdicción de la Corte Suprema.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la cuestión planteada por la presentante no constituye ninguno delos casos que, con arreglo a lo dispuesto en losarts. 116 y 117 de la Constitución Nacional y en las leyes que los reglamentan, habilitan la jurisdicción de esta Corte.

Por ello, se desestima la presentación. Notifíquese, remítase copia de la presentación de fs. 1/3 al Juzgado Nacional de Primera Instancia en loCivil N° 9 afin de que sea agregada al expte. 79.738/03 y de que el defensor de menores e incapaces y el señor curador definitivo

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4614 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-4614

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