guido o agotado la pretensión penal, deberá sobreseerse o absolverse; pero el objeto no faltará. Esos pronunciamientos negativos producen cosa juzgada" (Derecho Procesal Penal, tomo |, pág. 229, Marcos Lerner Editora, 1994). Más adelante, este autor dice que "la subjetividad del hecho comprendeal núcleo, sus antecedentes y consecuencias y, eventualmente, sus adherencias. El núcleo es la conducta humana enjuiciada, inmersa en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que tengan trascendenciajurídica...". Más adelante, al referirse a los caracteres del objeto del proceso penal, cita el deindividualidad, sobre el que dice que "cada proceso penal tiene su propio objeto, que se concreta y especifica en la acusación".
Gómez Orbaneja (Comentario ala ley de enjuiciamiento criminal, t.1, p. 51) sostiene, por su parte, que la identificación del objeto del proceso viene dada por la entidad de un acaecer histórico, individualizado en su unidad natural y no en la jurídico-penal de que se pretende sacar una consecuencia, cualquiera que ella sea.
Beling (Derecho procesal penal, p. 79) aduce que el objeto procesal trata sobre asuntos dela vida considerados desde el punto de vista del derecho penal como acontecimientos penados, y estima que no debe dictarse un sobreseimiento formal del proceso, sino una absolución con respecto al objeto procesal, aunque sea idóneo.
Para Florián (Elementos de derecho procesal penal, p. 49) el objeto procesal se traduce en una inculpación concreta de un delitoa una determinada persona y de parte del Estado.
Y Manzini (Derecho procesal penal, t. 1, p. 247) postula que la finalidad del proceso es eminentemente práctica, actual y jurídica, y se limita a la declaración de certeza de la verdad en relación al hecho concreto y a la aplicación de sus consecuencias jurídicas.
Podemos citar también a Leone (Tratado de derecho procesal penal, t. 1, p. 175) quien afirma que el ministerio público no tiene otro poder que el de activar el proceso y determinar su objeto en el solo aspecto de deducción del material de hecho, es decir, pide al juez la decisión en orden a un imputado y acerca de un hecho determinado.
Más adelante agrega que el objeto particular de cada uno de los procesos penales está constituido por el conflicto entre el derecho subjetivo de castigar del Estado y la garantía de libertad del individuo en orden a una determinada imputación. El objeto específico del proceso penal
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4127
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