presumir que aún se mantiene su privación ilegal dela libertad, y por lotanto que este delito, y de ahí su caracterización de permanente, se continúa ejecutando. V. E. ha dicho que en estos casos puede sostenerse que el delito "tuvo ejecución continuada en el tiempo" y que "esta noción de delito permanente... fue utilizada desde antiguo por el Tribunal: Fallos: 260:28 y, más recientemente, en Fallos: 306:655 , considerando 14 del voto concurrente del juez Petracchi y en Fallos:
309:1689 , considerando 31 del voto del juez Caballero; considerando 29, voto del juez Belluscio; considerando 21 de la disidencia de los jueces Petracchi y Bacqué, coincidente en el punto que se cita") (caso "Daniel Tarnopolsky v. Nación Argentina y otros", publicado en Fallos: 322:1888 , considerando 10° del voto de la mayoría).
Sobre este aspecto, y a mayor abundamiento, me permitiré transcribir, en lo pertinente para estos hechos, lo que esta Procuración sostuvo en el dictamen producido en los autos "Videla, Jorge Rafael s/ incidente de apelación y nulidad dela prisión preventiva" (S.C.V. 2,
L.XXXVI).
"Comoloafirma el autor alemán H. H. Jescheck (Tratado de Derecho Penal. Parte General): "Los delitos permanentes y los delitos de estado son delitos de resultado cuya efectividad se prolonga un cierto tiempo. En los delitos permanentes el mantenimiento del estado antijurídico creado por la acción punible depende de la voluntad del autor, así que, en cierta manera, el hecho serenueva constantemente" —pág. 237.
"Detal forma, el delitopermanente o continuo supone el mantenimiento de una situación típica, de cierta duración, por la voluntad del autor, lapso durante el cual se sigue realizando el tipo, por lo que el delito continúa consumándose hasta que cesa la situación antijurídica.
Y cuando se dice que lo que perdura es la consumación misma se hace referencia a que la permanencia mira la acción y no sus efectos. Por ello, en estas estructuras típicas "está en poder del agente el hacer continuar o cesar esa situación antijurídica; pero mientras ésta perdure, el delito sereproduce a cada instante en su esquema constitutivo" (Maggiore, G., Derecho penal. Traducido por Ortega Torres, T.1, Bogotá, 1956, pág. 295).
"Privada de libertad la víctima del secuestro, el delito es perfecto; este carácter no se altera por la circunstancia de que dicha privación dure un día o un año. Desde la inicial verificación del resultado hasta
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4132
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