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Fallos: 328:395 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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ron como resultado las mismas dolencias detectadas por el perito que intervino ante la primera instancia, aunque consideró que no llegaban a comprometer totalmente la aptitud laboral del actor para realizar sus tareas habituales de tablerista, conclusión que no fue rebatida por el recurrente con suficientes fundamentos científicos.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de marzo de 2005.

Vistos los autos: "Martyn, Sergio Andrés c/ ANSes s/ jubilación por invalidez".

Considerando:

1 ) Que contra la sentencia de la Sala lll dela Cámara Federal de la Seguridad Social que revocó el fallo de la instancia anterior que había admitido la demanda y reconocido el derecho del actor al beneficio dejubilación por invalidez, éste dedujo recurso ordinario que fue concedido y resulta formalmente admisible (art. 19 de la ley 24.463).

2 ) Que para decidir de ese modo, el a quo hizo mérito del dictamen del Cuerpo Médico Forense que estimó que el actor presentaba una incapacidad parcial y permanente equivalente al 43,35 de la total obrera al momento del examen, y que dicha minusvalía se hallaba presente en igual porcentaje al tiempo del cese en los servicios.

3 ) Que el recurrente se agravia de que la alzada no haya advertido que los peritajes realizados en las instancias anteriores eran discordantes y que las conclusiones del Cuerpo Médico Forense carecían de validez científica al haber asignado un exiguo por centaje de invalidez a patologías que fueron calificadas como progresivas y degenerativas. Sostuvo que los especialistas omitieron ponderar algunas ddlencias, la incapacidad de ganancia, los factores complementarios y la imposibilidad del actor de realizar sus labores habituales.

4 ) Quetales agravios no pueden prosperar pues el Cuerpo Médico Forense basó su peritaje en los estudios complementarios practicados, que dieron como resultado las mismas dolencias detectadas por

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:395 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-395

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