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Fallos: 328:1824 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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tribunal de origen a fin de que imprima nuevo trámite de conformidad con la presente sentencia. Notifíquese y remítase.


CARLOS S. FAYT.

DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR

MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO
Considerando:

1°) Que el señor juez de primera instancia rechazó el pedido de excarcelación de Ursus Víktor Breuss cuya extradición solicitada por la Confederación Suiza se encuentra a consideración de esta Corte.

Contra esa resolución se interpuso recurso ordinario de apelación art. 24, inc. 6, b del decreto-ley 1285/58, art. 33 de la ley 24.767), que fue concedido.

2°) Que según jurisprudencia de esta Corte en las causas sobre extradición de criminales reclamados por países extranjeros, el recur so ordinario de apelación se refiere a las sentencias definitivas que pudieran recaer y no comprende las resoluciones sobre excarcelación Fallos: 244:191 ; 286:87 ; 322:2130 ; S.468 XXXV "Silva Díaz, María del Rosario s/ excarcelación en causa "Mera Collazos, Julio Cesar y otra s/ extradición", sentencia del 16 de septiembre de 1999; A.746.XXXVII1 "Ayala, Ceber s/ incidente de excarcelación", sentencia del 6 de febrero de 2003).

3) Que, sin embar go, corresponde equiparar a definitiva la resolución apelada, pues a diferencia de lo acaecido en aquellos precedentes, ésta fue dictada con posterioridad a la decisión del juez de primerainstancia que concedióla extradición por lo que puede traducir agravios de imposible reparación ulterior.

4°) Quela ley 24.767 nocontiene disposición específica alguna respecto dela apelación de resoluciones que versan sobr e excar celaciones lo cual parece coherente con el principio adoptado en la ley que no admite la excarcelación en causas de extradición, salvo los casos expresamente previstos (art. 26). Y, obviamente, no cabe prescindir de

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1824 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-1824

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