declaración de derechos de naturaleza alimentaria que cuentan con amparo constitucional, sino que trasunta un dispendio jurisdiccional que se opone a principios básicos de economía y concentración procesal.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de mayo de 2005.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Castro Fox, Rodolfo Alberto y otros c/ Estado Nacional — Ministerio de Defensa", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1°) Que contra el pronunciamientodela Sala | dela Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la sentencia de la instancia anterior que había admitido parcialmente la demanda y limitado, en razón de la situación de revista de los actores, el lapso por el que se reconocía el derecho al cónputo remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92, los actor es dedujeron el recurso extraordinario que, desestimado, motivó la presente queja.
2) Quelos interesados se agravian de quelas decisiones referidas los obligan a iniciar una nueva demanda con relación a los lapsos en que se encontraban en actividad, cuando se está discutiendo la forma en que los adicionales citados deben ser liquidados, aspectos que fueron resueltos por este Tribunal en los precedentes "Franco" (Fallos:
322:1868 ) y "Freitas Henriques" (Fallos: 322:2398 ), y que son de aplicación tanto al personal militar en actividad como en situación de retiro, por lo que afirman que dichas decisiones los ubican en una situación de indefensión que vulnera diferentes garantías constitucionales en virtud de una irrazonable interpretación de las normas procesal es que rigen el caso.
3) Que, en efecto, la magistrada de primera instancia limitó el derecho de los coactores en razón de que habían pasado a retiro con posterioridad al dictado del decreto 2000/91, y la alzada, al confirmar
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1266
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