BETINA LAURA SVATZKY v. DATOS VISTUALES S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Varias.
Si los datos que se pretende eliminar constan en una base de datos de internet red internacional), a la que se puede tener acceso desde cualquier lugar del país, como del mundo, es aplicablelo estipulado por el inc. b) del art. 36 de laley 25.326, en cuanto dispone que será competente la justicia federal en aquellos casos en que los archivos de datos se encuentren interconectados en redes interjurisdicciones, nacionales o internacionales.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—|-
Tantola Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en loCivil, como el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 10, discrepan entorno a la competencia para entender en la presente causa.
En ella, la actora promovió acción de amparo por hábeas data, con el fin de que la demandada, una sociedad anónima, suprima de su base de datos cierta información sobre su situación patrimonial, ala cual calificó de falsa. Fundó la acción en el artículo 43, tercer párrafo de la Constitución Nacional y en varios otros de la ley 25.326.
En tales condiciones, quedó trabado un conflicto negativo de competencia que corresponde dirimir a V.E. en los términos del artículo 24, inciso 7 °, del decreto-ley N ° 1285/58, texto según ley 21.708.
— II Estimo de aplicación al caso lo estipulado por el inciso b) del artículo 36 de la ley 25.326, en cuanto dispone que será competente la justicia federal en aquellos casos en que los archivos de datos se en
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1252
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