del doctor Alejandro Tuzio. Explica que desde el mes de abril es de publicación quincenal. Aclara que su desempeño como director académico de la revista es a título honorario y que de modo alguno interferirá en el cumplimiento de la función judicial. Asegura que su función consiste en "la selección y supervisión de la doctrina y jurisprudencia de derecho del trabajo que saldrá publicada" (fs. 8).
Que el art. 8° inc. k del Reglamento para la Justicia Nacional prohíbe a los magistrados, funcionarios y empleados "desempeñar ningún empleo público o privado, aún con carácter interino, sin autorización de la respectiva autoridad de superintendencia".
Que tal autorización puede concederse en tanto lo permita la naturaleza de las tareas a desempeñar por el magistrado (conf. res. 985/79, 1587/80 y 1224/03).
Por ello, Se Resuelve:
Autorizar al doctor Julio Armando Grisolía, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 66, para desempeñar la Dirección Académica de la revista Lexis Nexis Laboral y Seguridad Social.
Regístrese, hágase saber y oportunamente archívese.
ENRIQUE S. PETRACCHI — AUGUSTO CÉsar BELLUSCIO — CARLos S. FAYr —
ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.
LUCRECIA ORLANDO
SUPERINTENDENCIA.
Por encontrarse cumplidos los requisitos establecidos por la acordada N° 39/85, corresponde hacer lugar a la solicitud de liquidación de la bonificación adicional en virtud del título de farmacéutica que posee la auxiliar que se desempeña en el Laboratorio de Toxicología y Química Legal de la Morgue Judicial.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:881
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