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Fallos: 327:726 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

Entre el Juzgado de Garantías N° 1 del departamento judicial de Mercedes, provincia de Buenos Aires, y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 6, se suscitó la presente contienda negativa de competencia en la causa instruida contra Cecilia Raquel Petralla por denuncia de Ana Escarafia.

En ella refiere que la imputada había retenido sus haberes previsionales, abusando de una autorización que le había dado para cobrarlos. Además, le atribuye haber alquilado una de las habitaciones y la cochera de su domicilio particular, sin rendirle los importes de dichas locaciones. Asimismo refirió que no pagó los servicios de agua corriente y de su línea telefónica, A ello agrega que Petralla habría transferido a su nombre la propiedad de la denunciante sita en la calle Colón N° 625, del partido de Luján, provincia de Buenos Aires, mediante escritura instrumentada en una escribanía de esta Capital (fs. 4/7), El magistrado local declinó su competencia a favor de la justicia nacional por entender que el delito de estafa se había perpetrado en esta ciudad (fs. 103/104).

El juez nacional, luego de ordenar el allanamiento de la escribanía, y secuestrar la escritura traslativa de dominio (vid fojas 139), rechazó tal atribución por considerar que los delitos denunciados por Escarafia tuvieron lugar en el partido de Luján, provincia de Buenos Aires (fs. 149/150).

El tribunal local insistió en su criterio y elevó el incidente a la Corte (fs. 171).

Considero que el trámite dado al incidente es erróneo. Pienso que ello es así pues las medidas instructorias realizadas por el juez nacional con posterioridad al inicio de la contienda, importaron asumir la competencia que le fue atribuida y, por lo tanto, la declinatoria de fojas 149/150 constituye el inicio de una nueva contienda (Competen

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:726 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-726

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