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Fallos: 327:6174 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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astreintes como medio para compeler el cumplimiento de un mandato judicial, omite considerar la finalidad propia del instituto y soslaya la elemental característica de que dichas sanciones miran al futuro y alcanzan a quienes, después de dictadas, persisten en desentenderse injustificadamente de un mandato judicial: p. 5850.

AUTOMOTORES
Ver: Jurisdicción y competencia, 27, 31, 85.

AUTONOMIA PROVINCIAL
Ver: Jurisdicción y competencia, 117; Provincias, 3, 5 a 9; Telecomunicaciones, 6.

AUTONOMIA UNIVERSITARIA
Ver: Entidades autárquicas, 2.
AUXILIARES DE LA JUSTICIA
Ver: Cuerpo Médico Forense, 1.

AVOCACION
Ver: Superintendencia, 1 a 6, 9.

B

BANCO
Ver: Recurso extraordinario, 126, 127.

BANCO CENTRAL
Ver: Daños y perjuicios, 13; Entidades financieras, 1 a 3; Moneda extranjera, 1; Recurso extraordinario, 152.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6174 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6174

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