2. Debe rechazarse la defensa en torno al voluntario sometimiento del actor al régimen jurídico existente al momento de iniciar la carrera judicial si era imposible demandar la inconstitucionalidad del art. 177 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, hasta tanto el actor acreditara reunir los presupuestos de "caso" o "causa" como exige la ley 27.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—: p. 5118.
3. La demanda tendiente a obtener la declaración de inconstitucionalidad de la ley local 929 y de ciertas normas del código fiscal de Misiones, como así también de las resolucio nesdictadas por la Dirección General de Rentas por considerarlas contrarias a los arts. 42, 9 a 12, 31, 75 inc. 13 y 126 de la Constitución Nacional, a la ley de coparticipación y al art. 3° de la ley 12.346, justifica la iniciación de la acción declarativa, pues parece clara la existencia de una controversia en la que la actora tiene un interés concreto y legítimo y busca evitar los efectos de un acto en ciernes: p. 5147.
ACLARATORIA
Ver: Recurso extraordinario, 8, 167, 215, 216.
ACORDADAS Y RESOLUCIONES
Acordadas 1. Empleados judiciales. Reescalafonamiento. Suspensión de los términos de la resolución del Consejo de la Magistratura. -N" 36-: p. 6111.
2. Autoridades de feria de enero de 2005. -N" 37-: p. 6114.
3. Ejercicio de la docencia. -N° 38-: p. 6115.
4. Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta. —N° 39-: p. 6116.
5. Tasas judiciales. Modelo de certificado de deuda. -N" 40-: p. 6117.
6. Recomposición salarial y reescalafonamiento. -N° 41-: p. 6120.
7. Convenio suscripto con el Banco de la Ciudad de Buenos Aires para la percepción de la tasa de justicia y otros recursos. —N° 42: p. 6125.
8. Declaración de asueto para los días 23 y 30 y feriado para los días 24 y 31 de diciembre. —N" 43-: p. 6129.
Resoluciones Resoluciones de la Corte Suprema 1. Causas en estado de ser ejecutadas en los que el obligado al pago sea el Estado Nacional. Aclaración de la Resolución N" 560/2004. -N" 2345-: p. 6131.
2. Remisión a la Procuración del Tesoro de las causas en estado de ser ejecutadas.
—N" 560: p. 6131.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6168
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