FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2004.
Autos y Vistos:
En atención a lo informado por el titular del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 3 a fs. 69, la cuestión planteada en la presente causa se ha tornado abstracta. Hágase saber y archívese.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUuGusTOo CÉSAR BELLUSCIO — CARLos S.
FAYr — ANTONIO BOGGIANO — JUAN CARLOS MAQUEDA (en disidencia) — E. RAÚL ZAFFARONI — ELENA 1. HIGHTON DE NOLAsco.
DISIDENCIA DEL SEÑOR
MINISTRO DOCTOR DON JUAN CARLOS MAQUEDA
Considerando:
1) Que el 4 de diciembre de 2002 el fiscal de ejecución penal promovió incidente de prisión domiciliaria en favor del interno Rolando Roberto Omar Alonso, alojado en el Hospital Penitenciario Central de la Unidad N° 2 del Servicio Penitenciario Federal (fs. 2), a raíz de sus problemas de salud derivados por ser portador del HIV.
29) Que ante la falta de pronunciamiento del tribunal, el interno apeló a esta Corte in pauperis forma quejándose de la demora en que estaría incurriendo el juzgado de ejecución para resolver el incidente de prisión promovido.
3) Que el 17 de junio de 2004, aquel tribunal dicta resolución donde dispone conceder la prisión domiciliaria a favor de Rolando Roberto Omar Alonso, con sustento en las conclusiones de la junta médica, y por padecer el interno "de tuberculosis multirresistente", y fundamentalmente, por encontrarse con un severo trastorno de la motilidad activa y pasiva de sus miembros inferiores (paraplejia) que le impide una completa autosuficiencia (fs. 66/68).
Compartir
89Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5980
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5980
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 4 en el número: 1262 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos