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Fallos: 327:5539 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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827 Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 1. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.

CARrLos S. FAYr — ANTONIO BOGGIANO — E. RAÚL ZAFFARONI.


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO

DOCTOR DON JUAN CARLOS MAQUEDA
Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario no ha sido introducida oportunamente en el proceso.

Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, se desestima la queja y se da por perdido el depósito de fs. 1. Notifíquese, devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese.

JUAN CARLOS MAQUEDA. .
Recurso de hecho interpuesto por Trenes de Buenos Aires S.A., representado por la Dra. Viviana E, Alsanati, patrocinado por los Dres. León C. Arslanian y Mario Kaminker.

Tribunal de origen: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Sala G.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Civil N° 39.


ALBINO VICENTE GONZALEZ D'ANNUNZIO y Otro v. INSTITUTO NACIONAL

DE SERVICIOS SOCIALES Para JUBILADOS y PENSIONADOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Si bien lo atinente a lá existencia de relación laboral remite al examen de aspectos de hecho, prueba y derecho común, normalmente ajenos al remedio previsto

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5539 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5539

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