DICIEMBRE .
SCANIA ARGENTINA S.A. v. ADMINISTRACION FEDERAL
" DE INGRESOS PUBLICOS RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Tercera instancia. Juicios en que la Nación es parte. . .
Es formalmente procedente el recurso ordinario de apelación deducido contra la sentencia que —al dejar sin efecto las resoluciones de la DGI que habían rechazado los recursos contra las liquidaciones correspondientes al régimen de reintegros fiscales correspondientes al decreto 937/93 condenó al Fisco Nacional al pago de la diferencia de intereses, puesto que la Nación es parte en el juicio y el monto discutido, sin sus accesorios, supera el mínimo establecido por el art. 24, inc.6°, ap. a, del decreto-ley 1285/58 y la resolución 1360/91 de la Corte Suprema.
IMPUESTO: Interpretación de normas impositivas. - .
Si el organismo recaudador resolvió liquidar y abonar los reintegros correspondientes a un determinado período, dejando de lado una eventual compensación por lo recibido en exceso en períodos anteriores, no puede excusarse de su obligación de abonar los intereses originados por la mora en su pago por la existencia de una situación litigiosa respecto de los reintegros correspondientes a otros períodos. .
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de diciembre de 2004.
Vistos los autos: "Scania Argentina S.A. c/ E.N. — A.F.LP. D.G.I. — s/ Dirección General Impositiva".
Considerando:
19) Que la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar lo decidido én:la
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5309
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