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Fallos: 327:4999 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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juzgamiento por el órgano judicial superior de la provincia (Fallos:

311:2478 ).

8) Que, en tales condiciones, frente a los claros términos de lo decidido por esta Corte en su anterior intervención, en los que destacó las cuestiones federales omitidas (considerandos 6? a 9) con la consiguiente afectación de las garantías constitucionales invocadas (considerando 10), no pudieron ser excluidas de su juzgamiento bajo pretexto de recaudos formales que impedían su consideración.

9) Que, por lo demás, cabe recordar que si bien es facultad no delegada por las provincias al Gobierno Nacional la de organizar su administración de justicia pudiendo, por ende, establecer las instancias que estimen convenientes, sin embargo no pueden impedir que los magistrados locales consideren y apliquen en su integridad la totalidad del orden jurídico del Estado, en cuya cúspide se encuentra la Constitución Nacional, las leyes que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con potencias extranjeras, a las que las autoridades de cada estado están obligadas a conformarse no obstante cualquier disposición en contrario que contengan sus constituciones o leyes (Fallos: 308:490 ; 311:2478 ).

Por ello, oído el señor Procurador Fiscal, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el fallo apelado. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que conozca y resuelva sustancialmente la materia indicada. Con costas. Notifíquese y remítase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉsar BELLUSCIO — CARLos S.
FaYr — E. RAÚL ZAFFARONI — ELENA IL. HIGHTON DE NOLAsco.

Recurso extraordinario interpuesto por Edita Mendizabal de Etchart, representada por la Dra. Ana María Mendiata.

Traslado contestado por Aldo Federico Kenny, representado por las Dras. Liliana Aragón de Dasso y María Elena Caviglia.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial, Sala 2 de Santa Rosa; Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, Laboral y Minería de Santa Rosa.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4999 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4999

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