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Fallos: 327:4928 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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JUANA JOSEFINA CROCE v. AFIP | RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales en general.

Es formalmente admisible el recurso extraordinario si se discute el ámbito de aplicación de una norma federal (ley 22.140) y la sentencia del superior tribunal dela causa fue contraria a la pretensión que la apelante funda en aquéllas (art. 14, inc. 3, ley 48). .

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento y cesación. Reincorporación.

Corresponde revocar la sentencia que aplicó el art. 42 de la ley 22.140, en cuanto contempla el pago de los salarios que el agente dejó de percibir por una sanción disciplinaria expulsiva que después fue revocada judicialmente, pues el art. 2 de dicha ley exceptúa de sus disposiciones al personal comprendido en convenciones colectivas de trabajo, situación en la que se encuentra la actora en su condición de agente de la Dirección General de Aduanas.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento y cesación. Reincorporación.

No corresponde el pago de remuneraciones por funciones no desempeñadas durante el período que media entre la separación del agente público dado ilegítimamente de baja y su reincorporación, salvo disposición expresa y específica Del voto de la mayoría, al que no adhirió la Dra. Elena I. Highton de Nolasco).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.

DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL Suprema Corte: —I-

A fs. 206/209, la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza (Sala A) confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto hizo lugar a

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4928 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4928

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