JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales. Prevención en la causa, Si no se ha podido establecer fehacientemente el lugar en que debía cumplirse la obligación -dónde se debían presentar las liquidaciones, cobrar las comisiones y rendir cuentas de los negocios celebrados, ni se ha determinado la real existencia de la razón social y, en su caso, su forma de operar y si el imputado resultaba su dependiente, corresponde al tribunal provincial, que previno, y en cuyo ámbito territorial tienen su sede las empresas presuntamente perjudicadas, seguir entendiendo en la causa.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
Entre el Juzgado de Instrucción cuarto de la primera circunscripción judicial de Mendoza, y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 7, se suscitó la presente contienda de competencia referida a la causa instruida contra Benjamín Fajn, por denuncia de Hortencio Stranges y Miguel Stranges, en representación de las firmas "Stal Griff S.R.L." y "Gentry S.R.L", respectivamente, por el delito de defraudación por administración fraudulenta.
En ella refirieron que junto con Sergio Alonso eran socios de las firmas mencionadas y que, en el marco de su actividad comercial, conocieron en 1996 a Benjamín Fajn, con quien acordaron que ofrecería y comercializaría los productos de sus empresas en distintas zonas del país, facturando cada una de las operaciones por intermedio de su propia firma, "Sulitec S.R.L.", lo mismo que su comisión por venta.
Según su relato, la relación comercial con Fajn había transcurrido normalmente hasta agosto de 2002, cuando tomaron conocimiento de que el denunciado, invocando falsamente la calidad de gerente comercial de las firmas representadas, y sin su consentimiento, habría comercializado a distintas empresas de varias zonas del país los productos que fabricaban, cobrado facturas y emitido recibos a su nombre, manifestando ser el dueño de "Stal Griff S.R.L." o de "Gentry S.R.L".
Entre esas empresas se encuentra "Manduca Sanitarios" —con do. Mmicilio en la calle Salta 2002 de la ciudad de Mendoza— de la que el
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:3642
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