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Fallos: 327:2856 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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N° 17, competencia para entender en el juicio de apremio seguido contra la aquí fallida en jurisdicción provincial. Buenos Aires, 29 de diciembre de 2003. Nicolás Eduardo Becerra.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de julio de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

19) Que el presentante denuncia que el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, donde tramita el concurso preventivo de Azurix Buenos Aires S.A., ha requerido la remisión de un juicio de apremio radicado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 17 del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en virtud de operar a su respecto el fuero de atracción. En razón de que el mencionado juzgado provincial se habría opuesto al requerimiento, el peticionario acude a esta Corte para que disponga lo pertinente a fin de dirimir la contienda de competencia que, en principio, habría quedado planteada.

2) Que de las constancias de los autos principales se desprende que el tribunal de alzada interviniente ha decidido suspender el trámite de las actuaciones y remitirlas a esta Corte (fs. 309/310) sin resolver concretamente el recurso de apelación deducido contra el pronunciamiento dictado en origen que había desestimado la excepción de incompetencia opuesta por la demandada (confr. fs. 200/200 vta., 211 y 212/217).

3) Que, en las condiciones expuestas, la intervención que se pretende del Tribunal; en los términos del art. 24, inc. 7, del decreto-ley 1285/58, resulta prematura por lo que corresponde disponer el rechazo de lo solicitado.

Por ello, oído el señor Procurador General de la Nación, se desestima la presentación articulada. Remítanse los autos principales a la Cámara Segunda de Apelación Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires, con copia de la pre

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2856 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-2856

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