tación de la demanda es un acto procesal indispensable para la dilucidación y progreso de la causa. Por lo que la defensa no puede prosperar. - En atención a lo expuesto, corresponde rechazar, también, el recurso de reposición con apelación en subsidio planteado contra la providencia del 30 de octubre de 2002.
Por ello, se resuelve: Rechazar la excepción de falta de personería y el recurso de reposición con apelación en subsidio opuestos por la actora a fs. 94. Con costas (arts. 68 y 69 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese. —.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLOS S.
FAyYr -— ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ — JUAN CARLOs MAQuEDA — E. RAÚL ZAFFARONI. .
Nombre de los actores: Fisco Nacional (A.F.I.P.), representado por los Dres. Jorge A. Marini y Alejandro Founburg. u Nombre de los demandados: en el incidente interviene la codemandada Provincia de Catamarca, Dras. María Eugenia Suárez, Adriana Monllau y Graciela Beatriz Rodríguez.
AMALIA QUIÑONES y OTROS v. PROVINCIA ve BUENOS AIRES y Otro JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia, Generalidades.
A efectos de que una provincia pueda ser tenida como parte y proceda, en consecuencia, la competencia originaria de la Corte prevista en el art. 117 de a Constitución Nacional, es necesario que ella participe nominalmente en el pleito -ya sea como actora, demandada o tercero— y sustancialmente, es decir, que tenga en el litigio un interés directo, de tal manera que la sentencia que se dicte le resulte obligatoria.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Generalidades. , La calidad de parte de la provincia debe surgir, en forma manifiesta, de la realidad jurídica, más allá de la voluntad de los litigantes en sus expresiones forma
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2523
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