Recurso de hecho interpuesto por la Dra. Graciela Beatriz Lifschitz, por derecho propio.
Tribunal de origen: Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala L Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 7,
EDUARDO OSVALDO DONAMARIA v. CARGIL S.A. y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia adversa al reclamo de indemnizaciones por accidente del trabajo basado en el derecho civil, si el planteo de inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 formó parte de los agravios y, además de oportuno, resultaba decisivo para la suerte del litigio.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA "
Buenos Aires, 15 de junio de 2004.
Vistos los autos: "Donamaría, Eduardo Osvaldo c/ Cargil S.A. y otro s/ acc. — acción civil".
Considerando:
19) Que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. concedió el recurso extraordinario interpuesto por la parte actora, en la medida en que ésta sostiene haber mantenido en la apelación ante aquélla el planteo de inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 y demostrado que en el caso era inaplicable el precedente de esta Corte en que se fundó el fallo de primera instancia. En tal sentido, para confirmar este último pronunciamiento, adverso al reclamo de indemnizaciones por accidente del trabajo basado en el derecho civil, el a quo juzgó, en lo que interesa, que había quedado firme lo resuelto sobre la constitucionalidad del precepto antes mencionado.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2422
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