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Fallos: 327:1846 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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FABIAN CONDORI
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria, Por el territorio, Lugar del delito.

Corresponde a la justicia provincial conocer respecto del delito de abuso sexual agravado por el vínculo cometido en forma reiterada si dichos abusos presuntamente ocurridos en una localidad bonaerense constituyen hechos independientes de las exhibiciones obscenas que habrían tenido lugar en la ciudad de Buenos Aires.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio, Lugar del delito, Los delitos deben ser investigados por los jueces del lugar donde aparecen cometidos.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones penales, Pluralidad de delitos.

La distribución de competencias judiciales entre las provincias o entre éstas y la Nación —materia regida por los arts. 102 y 67, inc. 11, actualmente 118 y 75, inc, 12, de la Constitución Nacional- escapa a las regulaciones locales y no puede ser alterada por las razones de mero orden y economía procesal que inspiran las reglas de acumulación por conexidad, que sólo pueden ser invocadas en conflictos en los que participan únicamente jueces nacionales.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte: La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Tribunal Oral-en lo Criminal N° 7 de esta ciudad, y el Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial de Necochea, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa instruida por los delitos de abuso sexual agravado por el vínculo, cometido en forma reiterada, en concurso real con exhibiciones obscenas.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1846 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1846

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