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Fallos: 327:1773 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

Vistos los autos: "Kravetz, David León c/ Santiago del Estero, Provincia de s/daños y perjuicios", de los que Resulta: - > TAfs. 5/17 se presenta por medio de apoderado David León Kravetz e inicia demanda por daños y perjuicios contra la Provincia de Santiago del Estero. Dice que la interpone a los fiñes de interrumpir la prescripción que se operaría en la fecha y hace reserva de efectuar la modificación o ampliación de su reclamo en los términos del art. 331 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.

Dice que es titular del cincuenta por ciento indiviso de dos fracciones de campo ubicadas en el departamento Moreno, cuyas características catastrales describe, las que mantuvo en condominio con su hermano Elías Samuel y luego con Juan Bautista Santiago Boiero, quien compró la parte indivisa de aquél a raíz de un juicio de división de condominio en el cual existen constancias del acuerdo al que arribó Boiero con el actor para la venta del inmueble, y que en la inteligencia de facilitar esa operación el 19 de abril de 1985 transfirió a favor de su condómino su 50 indiviso. Empero, en la misma fecha, se suscribió un contradocumento por el que se reconocía que seguía siendo propietario de su fracción.

El 20 de marzo de 1990 y por escritura pasada ante la notaria María Pía Urueña adscripta al Registro Notarial N° 9 de la ciudad de Santiago del Estero, Boiero vendió su 50 indiviso a Rafael Farga Cuesta, Víctor Farga Hernández y Eliana Bello Pérez Canto, representados en ese acto por Sara Hortensia Rentería de Salido, quien manifestó efectuar la adquisición para la razón social Agroforgan S.R.L.

en formación. El 21 de noviembre de 1990 esta última empresa aceptó la compra, representada en la operación respectiva por Ramón Marcial Marambio Ovalle, quien en alguna oportunidad había hecho gestiones para adquirir la totalidad del inmueble. Pero, más allá del tema dela titularidad de dominio -agrega-, lo cierto es que lo administraba y explotaba y era propietario de todas las mejoras y maquinarias exis

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1773 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1773

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