— — DE JUSTICIADE LA NACION 1685 FALLO DE LA CORTE SUPREMA .. .
Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el fiscal federal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N? 7 en la causa Núñez Vázquez, Walter Nicolás s/ extradición —causa N° 14.945/02—", para decidir sobre su procedencia.
Considerando: _ 1) Que la vía de apelación que en el sub lite se intenta habilitar resulta inadmisible ya que el auto de fs. 42 no supuso la denegación de un recurso de naturaleza ordinaria ni tampoco puede asignársele este último carácter al obrante a fs. 28, cuyos términos fueron suficientemente claros en tanto y en cuanto se invocaron las previsiones del art. 449 y sgtes. del Código Procesal Penal de la Nación (ley 23.984) y y no la contemplada por el art. 33 de la ley 24.767. 2) Que, en tales condiciones, el trámite impreso a la apelación deducida (fs. 28) no hizo más que respetar el camino escogido por la parte recurrente que, lejos de invocar una "errónea" remisión para apartarse de su propia conducta procesal y así modificar el curso de acción oportunamente ejercido, deberá asumir las consecuencias jurídicas de ello, tal como refleja el auto de fs. 42. .
3) Que a la luz de lo expuesto deviene inoficioso resolver acerca de la solicitud de suspensión de los efectos de la sentencia recurrida.
Por lo expuesto, oído el señor Procurador Fiscal, el Tribunal resuelve: No hacer lugar al recurso de hecho por apelación ordinaria denegada interpuesto a fs. 43/45 y mantenido en esta instancia a fs. 47/51. , Notifíquese y archívese. N
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLos S.
FAYr — ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ — JUAN CArios MaqueDA — E. RAÚL ZAFFARONI. .
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1685
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