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Fallos: 327:1281 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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definitivamente en la causa, dando a cada uno lo suyo (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

—De los precedentes "Urdiales" y "Marono", a los que remitió la disidencia—.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 29 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Margarita Ethel Sonntag en la causa Stiglitz, Sylvia / Sonntag de Olmos, Margarita Ethel", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1) Que a fs, 21 vta. la recurrente solicita que se la exima del pago del depósito del art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación en atención a su carácter de jubilada y a que la presente queja tiene relación directa con el embargo de su haber jubilatorio, que es su único medio de vida.

2) Que tal pedido debe ser desestimado pues la exigencia que impone el mencionado art. 286 sólo cede respecto de quienes se encuentran exentos de pagar el sellado o tasa de justicia, según las disposiciones de las leyes nacionales respectivas, o han obtenido un beneficio de litigar sin gastos en forma definitiva (confr. Fallos: 315:2923 ; 317:169 ; 323:227 y 325:2093 , 2094 y 2434, entre muchos otros).

3?) Que el juez Vázquez se remite, en lo pertinente, a sus votos en Fallos: 319:1389 y 2805.

Por ello, por mayoría, se rechaza la petición de fs. 21 vta. y seintima a la recurrente para que, dentro del plazo de cinco días, integre el depósito respectivo bajo apercibimiento de desestimar la queja sin más trámite, sin perjuicio de que la interesada pueda iniciar el referido incidente y denunciar el hecho ante este Tribunal a los fines que hubiere lugar. Notifíquese.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉsar BELLUSCIO — CARLos S.

FAYT — ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ — JUAN CARLOS
MaqueDA.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1281 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1281

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