Un comportamiento como el aquí evidenciado pone en crisis ese deber primario de los agentes pdliciales pues desampara a los ciudadanos frente al abuso de poder que destacó la sentencia glosada.
10) Que corresponde, por lo tanto, decidir sobre la indemnización reclamada.
A los fines de acreditar el lucro cesante operado por las ganancias dejadas de percibir durante el tiempo de su detención, el actor acudióa la prueba testimonial producida a fs. 173/180. En ese sentido, los testigos son coincidentes en atribuir a Lema unaclientela importante. Así José Ramón Bouzón "que conoce al actor desde hace ocho años porque...tenía un vehículo y lo llevó al taller mecánico quetenía el actor en la calle Ushuaia en |sidro Casanova", dice que en el taller trabajaban además de Lema "dos mecánicos y un chapista" que le daban un porcentaje de sus ingresos y que tenía entre 60 6 70 clientes lo que le consta "porque eran los que siempre iban al taller" agregando que "por el standard de vida que llevaba debía haber ganado bien" y que iban siempre de vacaciones al sur fs. 173/174). A su vez Huberto Bacchi destaca que el taller estaba "en un salón grande", que "el alquiler era caro" y que trabajaban allí a porcentaje 3 ó 4 personas y estima sus ingresos en $ 4.000 y entre $ 500 y $ 800 el alquiler del local (fs. 175/176). En parecidos términos se expresan afs. 177/179 los testigos Fontenla y Alderete quienes ratifican que Lema tenía abundante trabajo y un buen nivel de vida atribuyéndole el primero un ingreso de $ 3.000 y el segundo de $ 3.500 a $ 4.000 mensuales coincidiendo en la importante cantidad de clientes y en la existencia de otro personal. En cambio, discrepan en cuanto al costo del alquiler del taller que hacen oscilar entre $ 500 y $ 1.000.
Estas opiniones más o menos coincidentes entre sí deben relacionarse con la propia estimación del actor afs. 14 por lo que par ece apropiado fijar el lucro cesante en la suma de $ 27.000. En cambio noresulta suficientemente acreditada la pérdida de "chance" que se funda en la disminución de dientes que produjo su detención y el cierre del taller por lo que este rubro debe ser desestimado.
11) Que el reclamo del demandante comprende el resarcimiento de las "secuelas psíquicas permanentes" que sufrió a raíz de su detención las que, afirma, "desmejoraron notoriamente su estructura emotiva" (fs. 13 vta.) y de los gastos de tratamiento psiquiátrico.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:836
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