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Fallos: 326:824 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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Dice que el 20 de marzo de 1996, aproximadamente a las 19, fue detenido en la intersección de las calles | rigoyen y Camino de Cintura de la localidad de San Justo por personal de la Brigada de Investigaciones de La Matanza por orden del Juzgado Federal N° 2 de Morón en momentos en que se encontraba en el interior del vehículo Ford Falcon C 978.852 de su propiedad, acompañado por un sujeto que había conocido el día anterior y que el personal pdiicial dejó fugar en el procedimiento.

Esa persona le había sido presentada como un posible vendedor de una caja de velocidades para su vehículo, razón por la cual convinieron en encontrarse en el lugar en el cual fue detenido. En la operación, el personal pdlicial encontró un trapo que recubría una bolsa de plástico que en su interior contenía cocaína.

Agrega que a raíz de ello fue procesado y juzgado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de San Martín. Enla causa resultó absuelto y para ello el Tribunal estableciólas conclusiones que expone.

En ese sentido, dice que se tuvo por probado que cuando se interceptó el rodado se lo esposó, recaudo que no se adoptó respecto de su acompañante, lo que facilitó que después de conversar con uno de los policías se diera a la fuga, y que nada surgió en el debate que permitiera endilgarle la autoría del delito imputado. También que le fue presentada una persona de nombre Miguel que le vendería una caja de velocidades, que este individuo le propuso encontrarse en Camino de Cintura e Irigoyen, y que Miguel tenía las manos sucias y subió al coche con un trapo en ellas.

El llamado Miguel le indicó que girara hacia Morón y al llegar al semáforo de Camino de Cintura e Irigoyen fueron interceptados por un automóvil BMW tripulado por pdlicías que lo bajaron, loinsultaron y lo esposaron. En cuanto a su acompañante, está probado que lo llevaron hacia adelante y que mientras hablaba con un policía escapó impunemente. Igualmente, que al revisar el coche un pdicía le dijo "ahora te voy a voltear por no colaborar" mientras otro, dirigiéndosea un tercer agente, exclamó "ahí está el trapo". El fallo expresa, asimismo, que un pdlicía apodado "Charlie" lo subió al vehículo BMW y le preguntósi tenía dinero para "arreglar", expr esánddle quesi "arreglaba" alos testigos "les daba una patada en el traste", a loque él senegó.

Surge del fallo que Lema había manifestado en el debate que el perso

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:824 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-824

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