su utilización. En efecto, "pretender introducir en este estadio del proceso un nuevo argumento normativo... implica retrotraer el proceso y alterar el punto de discusión...".
3) Que, por último, sostiene que la resolución es inconstitucional en tanto "ha creado un nuevo hecho imponible que no existe: el sorteo de radicación de una demanda".
4) Que del expediente surge que el día 5 de julio se asignó el expediente N° 58.255/02 "Zumpano, Andrés Mario y otro c/ Emerging MarketsFixed Income Ltd. s/ ordinario", por un monto de pesos 142.397, al juzgado N° 10, secretaría N° 19 — causa N° 80.122 (ver fs. 1). La demanda obra agregada de fs. 3/12. Los actores remitieron a los abogados la carta del 8 de agosto ver fs. 14— según la cual les indicaban que "procedan a desistir de iniciar la acción por causa de consignación por la suma de... respecto de la cual el Dr. Urquiola Serrano ha abonado por nuestra cuenta y orden en concepto de tasa de justicia, la suma de... y luego sorteado la demanda, la cual fue asignada... Rogamos procedan a realizar el trámite de devolución del importe dela tasa más arriba indicado, el que una vez recuperado implicará que nada más tendremos que reclamar por ningún concepto a vuestro respecto".
Además, en el escrito que el abogado presenta afs. 17/9, ratificado por las partes, manifiesta que los señores Zumpano contrataron los servicios de su estudio jurídico... "a cuyo efecto le hicieron entrega de la suma para abonar la tasa de justicia"; que el "5 de julio procedí a su pago einmediatamente concurrí a sortear la demanda por ante el fuero nacional en lo comercial... Empero el Sr. Zumpanojamás efectuó el depósito de la suma a consignar...".
A fs. 32 agr egó copia de una audiencia de mediación privada, cuyo objeto era la nulidad de mutuo hipotecario, celebrada el 3 de mayo de 2002, la cual es seguida por otra del 6 dejunio (fs. 33) y una última del 11 de junio, cuyoresultadofueno continuar con la mediación por decisión de las partes (fs. 34).
5) Que los argumentos que expone el abogado han sido valorados oportunamente por el Tribunal con ocasión del dictado de la resolución 1206/00. De la cual se desprende claramente que dentro del contenido del art. 9° inc. a de la ley 23.898 resultan comprendidos ciertos actos que se cumplen con carácter previo ala interposición de la demanda, entreellos la emisión de carátula; y quetales actividades cuen
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:593
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