18) Que contrariamente alo sostenido por la acusación, lo que sí se observa es que los llamados tuvieron lugar para la época en que el estudio del Dr. Pallasá representó profesionalmente a la suegra del Dr. Murature y que los mismos guardan un estrecho correlato con las alternativas del mencionado proceso sucesorio.
Por otra parte, lo único acreditado en relación a este tema es que fue el Secretario quien ocasionalmente mantuvo conversaciones telefónicas con el Dr. Pallasá de celular a celular por cuestiones vinculadas ala realización de medidas en las causas (ej.: allanamientos) y que incluso alguna vez fue el declarante quien llamó l letrado. En tal sentido precisó en la audiencia de debate "...alguna vez me llamó ... sinceramentedesconociendo cómo obtuvo mi línea telefónica... sinotambién llamaba a veces al Juzgado para averiguar sobrela tramitación delos sumarios... y mismo yo, en reiteradas oportunidades le hice saber que, por favor, por esa vía no se efectuara ningún tipode pregunta al respecto porquese conprometía al Tribunal... Puedeser quealguna vez, en respuesta, haya recibido algún llamado mío, justamenteadvirtiendoestasituación..".
En definitiva, de todo lo expuesto en el presente considerando y específicamente teniendo en cuenta el "trato cordial" que se dispensaba en el Juzgado N° 26 alosletrados, cabe concluir quesi bien el intercambio de llamados telefónicos entre el Dr. Murature y el Dr. Pallasá configura una actitud inapropiada respecto al decoro que debe observar un Juez de la Nación —y, consecuentemente, procede llamar areflexión al magistrado para que no incurra en lo sucesivo en actitudes semejantes—, no tiene por sí entidad para demostrar una estrecha relación entre los nombrados. Es que, de seguirse el razonamiento de la acusación, no tendría asiderola presentación de Pallasá dehasta tres o cuatro escritos el mismo día.
Ello a excepción que del examen de las causas se compruebe que el citado profesional fue beneficiado en su trámite.
LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS FUNCIONES DEL JUEZ DE
INSTRUCCIÓN.
19) Que cabe precisar que el buen desempeño de un juez debe referirseal cumplimiento de las funciones y actividades exigidas por la naturaleza de su función, las que en algún caso pueden responder a
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5392
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