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Fallos: 326:5162 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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LIBERTAD DE PRENSA
Ver: Daños y perjuicios, 2; Recurso extraordinario, 51, 52, 149; Sentencia, 1.


LOCACION DE COSAS
Ver: Recurso ordinario de apelación, 37 a 39.


LOCACION DE SERVICIOS
Ver: Jurisdicción y competencia, 28, 78.

M

MARTILLERO
Ver: Subasta, 1,2.

MEDICAMENTOS
Ver: Acción de amparo, 3; Jurisdicción y competencia, 35, 70.


MEDIDA DE NO INNOVAR
Ver: Medidas cautelares, 8, 9, 13, 14.

MEDIDAS CAUTELARES" 1. Si a pesar dela decisión de la Corte haciendo lugar a la medida cautelar ordenando a la provincia que se abstenga de alterar la vigencia del mandato de la legisladora ya electa y en ejercicio de su cargo se advierten serios riesgos de que dicha medida no sea adecuadamente cumplida, corresponde que la provincia adopte las medidas conducentes que garanticen la permanencia en su cargo de la actora hasta el final de mandato para el que ha sido elegida, o hasta la oportunidad en que se dicte sentencia definitiva en las actuaciones, en el caso de acontecer esto último con anterioridad: p. 4203.

2. La finalidad de la medida cautelar consiste en asegurar la eficacia práctica de la sentencia que debe recaer en un proceso y la fundabilidad de la pretensión que constitu1) Ver también: Corte Suprema, 3; Fideicomiso, 3; Jurisdicción y competencia, 26; Recurso extraordinario, 130, 173.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5162 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5162

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