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Fallos: 326:4341 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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oportunamente se determine en la etapa de ejecución de sentencia:

momento al que corresponde diferir lo atinente ala aplicación de las disposiciones de la ley 24.283, así como de las leyes 23.982, 25.344, y sus modificatorias, que no han constituido materia de los agravios traídos a consideración en esta tercera instancia.

Por ello, se resuelve: Hacer lugar al recurso ordinario de apelación, dejar sin efecto el pronunciamiento apelado, y hacer lugar ala demanda en los términos expuestos en el considerando 9° del presente fallo. Costas al demandado en todas las instancias. Notifíquese y, opor tunamente, remitanse.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.

ISAAC KOLTON INMOBILIARIA S.A.C.I.F. Y OTRA
v. BANCO CENTRAL De LA REPUBLICA ARGENTINA RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Juicios en quela Nación es parte.

Es formalmente admisible el recurso ordinario de apelación deducido contra la sentencia que rechazó la demanda deducida por accionistas de un banco por los daños y perjuicios que les habría irrogado la actuación del Banco Central, pues ha sido deducido contra una sentencia definitiva, recaída en una causa en quela Nación es parte y el valor cuestionado en último término supera el mínimo establecido por el art. 24, inc. 6?, ap. a, del decreto-ley 1285/58 —modificado por la ley 21.708- y según la resolución de la Corte 1360/91.

ENTIDADES FINANCIERAS.
La sentencia que rechaza las apelaciones planteadas contra resoluciones del Banco Central que disponen la intervención oliquidación de una entidad financiera no reviste el carácter de cosa juzgada respecto de una pretensión resarcitoria de los daños que habría irrogado la actuación de funcionarios del Banco Central, pues sefunda en que aquella vía es más limitada y tiende sólo a revisar la legitimidad de esas medidas.

ENTIDADES FINANCIERAS.
Corresponde rechazar los agravios tendientes a cuestionar que el a quo haya tenidoen cuenta —para desestimar ciertos aspectos de la pretensión resarcitoria—

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4341 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-4341

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