sobre la que se pretende practicar la acumulación. Tampoco se configura una identidad total de herederos.
Por lo expuesto soy de opinión que corresponde dirimir la contienda manteniendo la competencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil N° 46 de esta Capital Federal. Buenos Aires, 9 de mayo de 2003. Nicolás Eduardo Becerra.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 14 de octubre de 2003.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurado General, se dedara que resulta competente para seguir conociendo en las actuaciones el Juzgado Nacional dePrimera Instancia en lo Civil N° 46, al que sele remitirán. Hágase saber al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°? 4 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.
CARLos S. FAYT — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — ANTONIO BOoGGIANO — ADoLFo Roserto VÁzQuez — JUAN
CARLOS MAQUEDA.
GUILLERMO DANIEL ZAMORANO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
Si el imputado es ejecutor del plan asistencial "Programa Jefes de H ogar" creado por decreto 565/02, las irregularidades denunciadas, además de perjudicar efectivamente las rentas nacionales, habrían afectado el normal desenvolvimiento del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en la medida en que apa
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4213
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