326 pal Sarquis de Navarro, hasta el final del mandato para el que ha sido elegida, o hasta la oportunidad en que se dicte sentencia definitiva en estas actuaciones, en el caso de acontecer esto último con anterioridad.
5) Que, en su mérito, corresponde intimar a la señora gobernadora a obedecer la decisión de la Corte en los términos en que ha sido dictada, bajo apercibimiento de pasar los antecedentes a la justicia penal por el delito de desobediencia.
6) Que, sin perjuicio de ello, corresponde también ordenar que se notifique esta resolución, y la dictada el 12 de septiembrede 2003, ala Municipalidad de Frías y al concejo deliberante de esa ciudad.
Por ello, se resuelve: 1. Intimar a la señora gobernadora a obedecer la decisión de la Corte en los términos en que ha sido dictada, bajo apercibimiento de pasar los antecedentes a lajusticia penal por el delito de desobediencia; ||. Ordenar que se notifique esta decisión y la dictada el 12 de septiembre del corriente año a la Municipalidad de Frías y al concejo deliberante de esa ciudad. A fin de practicar la notificación correspondiente líbrese oficio al juez federal, con el propósito de que un funcionario del juzgado a su cargo lleve a cabo las diligencias ordenadas en la persona de la señora gobernadora de la provincia, y en la persona del intendente municipal y presidente del concejo deliberante. Notifíquese, a la actora, y al señor representante de la Casa de Santiago del Estero en esta ciudad, por cédula que se diligenciará con habilitación de días y horas inhábiles.
CARLos S. FAYT — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. Lórez.
TRANSNOA S.A. v. PROVINCIA e SALTA
CUESTION ABSTRACTA.
La Corte Suprema sólo puede ejercer sus atribuciones jurisdiccionales cuando se somete a su decisión un caso concreto y no una cuestión abstracta.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4205
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