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Fallos: 326:3979 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL SUsTITUTO Suprema Corte:

La Sala Sexta de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, resolvió confirmar el procesamiento de Marcelo Rocca Clement por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por sometimiento sexual gravemente ultrajante en perjuicio del menor C.

P. Contra esa resolución la defensa dedujo recurso de casación el que fue declarado inadmisible por ese tribunal. Se interpuso, entonces, la queja pertinente por ante la Cámara Nacional de Casación Penal, la que fue desechada por la Sala Tercera.

Contra esefallo de la Cámara Nacional de Casación Penal, se planteó el recurso extraordinario (fs. 110) cuya denegatoria dio origen ala presente queja (fs. 112 a 139).

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1) La Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario por ausencia del requisito de sentencia definitiva o equiparada a tal, y porque las resoluciones que no conceden los recursos deducidos ante los tribunales de la causa, nojustifican el otorgamiento dela apelación extraordinaria. A ello agrega que no se han invocado fundamentos suficientes para demostrar la existencia de una cuestión de gravedad institucional.

Cabe agregar que con el mismo argumento de que la resolución apelada no setrata ni deuna sentencia definitiva —ni deun autodelos mencionados en el art. 457 del Código Procesal Penal— el a quo había declarado inadmisible el recurso de queja por casación denegada.

2) La parte, luego de fundar su postura sobre el por qué concurre en autos el requisito —exigido tanto por el recurso de casación como por el extraordinario federal— de sentencia definitiva, se agravia por la arbitrariedad de la cámara en lo criminal al no considerar la procedencia del art. 72 del Código Penal, y por su método de evaluación de la prueba y de calificación legal.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3979 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-3979

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