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Fallos: 326:3765 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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PRUEBA HEMATOLOGICA.
Es innecesaria la extracción de sangre que no guarda nexo con la comprobación del delito que motiva el proceso, y el interés público no se ve afectado por la negativa de la recurrente, además de que produciría efectos en una eventual acción de emplazamiento de estado de familia, con el consiguiente menoscabo del der echo de defensa de la recurr entetutelado por el art. 18 de la Constitución Nacional (Voto del Dr. Antonio Boggiano).

PRUEBA HEMATOLOGICA.
La descalificación del pronunciamiento que dispuso la extracción de sangre de una persona mayor de edad que pretende preser var el derecho a la intimidad, no importa desconocer ala querellante —pr esunta abuela dela recurrente-los derechos a la intimidad y "a la verdad", sino que sólo significa que su ejercicio está sujeto a la condición previa de la promoción de una acción de emplazamiento de estado, que constituye el medio propio para determinar el parentesco, y el procesoal que aquélla dé origen, es el único ámbito en el cual la apelante contará con la posibilidad de ejercer con plenitud la defensa de sus derechos de raigambre superior (Voto del Dr. Antonio Boggiano).

DERECHOS HUMANOS.
Es innecesario acudir ala prueba de histocompatibilidad si el Estado argentino se encuentra en condiciones de cumplir sus compromisos atinentes ala investigación y castigo de los responsables de las violaciones de los derechos humanos Voto del Dr. Antonio Boggiano).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedi mientos. Casos varios.

Si bien los agravios referidos a la retención de la documentación remiten al examen de normas de derecho procesal común, materia ajena al remedio previsto en el art. 14 dela ley 48, ello no constituye óbice para invalidar lo resuelto cuandola decisión satisface sólo en apariencia la exigencia constitucional de adecuada fundamentación, con perjuicio de imposible reparación ulterior y con evidente menoscabo de las gar antías constitucionales en juego (arts. 14, 14 bis, 17, 18, 37 y 39 dela Constitución Nacional; arts. 1, VII, XII, XIV, XVI y XVII dela Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; arts. 6, 13,22, 23 y 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; arts. 3, 18, 21, 22 y 23 de la Convención Americana sobr e Der echos Humanos; arts. 12 y 16 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y art. 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3765 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-3765

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