MOLTOMAX S.R.L. v. ITS INTERTEK TESTING SERVICES LTD.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federales.
Si se reclaman los daños y perjuicios que habrían sido causados por una empresa concesionaria del servicio de control de preembar que de las importaciones, a raíz de la supuesta expedición deficiente de certificados de importación, la cuestión puede ser prima facie encuadrada por extensión en lo normado por el art. 2°, inc. 10 de la ley 48 y art. 111, inc. 9° de la ley 1893, teniendo en consideración quela dilucidación de la litis se encuentra en principio vinculada con los mecanismos de comercio inter nacional y control preventivo que debe ejercer el Servicio Aduanero, en especial las actividades aduaneras y de importación y exportación que admiten la jurisdicción federal en razón de la materia.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
—|-
El Titular del Juzgado de Primera Instancia Federal en lo Civil y Comercial N° 1, de Capital Federal, se declaró incompetente para entender en las actuaciones, y dispuso su remisión a la justicia comercial. (v. fs. 94). Recepcionada la causa por la Magistrada a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 26, ésta se declaró competente —v. fs. 101.
A fojas 109 se presentó la demandada e interpuso excepción de incompetencia, por entender que resultaba competente la justicia federal, con fundamento en lo normado por el decreto 477/97. Contestado el traslado por la accionante, la Juez interviniente resolvió hacer lugar a la excepción introducida, ordenando su remisión al Magistrado que previno.
Apelado el decisorio por la actora —v. fs. 224, 226/227-, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelación en lo Comercial, resolvió confir
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3558
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