ducta del demandante la que resulta reprochable y no la de la Junta Nacional de Carnes que, con sustento en la reglamentación ya citada le denegó el servicio de tipificación.
13) Que en cuanto ala tercera cuestión, esto es la relación de causalidad entre el comportamiento de la Junta Nacional de Carnes y la quiebra de la actora, los agravios nollevan mejor suerte que los anteriores. La demandante afirma que la "delicada situación financiera que resulta de la lectura del último de los balances auditados y aprobados (balance al 30-9-1985), no es demostrativa bajo concepto alguno de la imposibilidad de proseguir con su actividad industrial" y que "una entidad dela importancia de la actual fallida, tanto por su patrimonio como por los montos de su facturación y el alto porcentaje de cuota Hilton de que gozaba, cuenta con una gran variedad de atajos para evitar su quiebra, aun cuando circunstancialmente atravieseuna situación económica comprometida". Añade: "por la importancia de su patrimonio inmobiliario, así comolo específico del rubroindustrial que explotaba y el nicho que le correspondía en el mercado de carnes...
disponía de un importante margen de endeudamiento, pasible de ser enjugado en ejercicios económicos más prósperos". Y concluye: "en este proceso está demostrado de manera notoria la relación de causa y efecto entre la suspensión del servicio de tipificación y la sobreviniencia inmediata de la primera quiebra" y "lo que fuera en su oportunidad un procedimiento de financiación de las exportaciones asumidos por una entidad de fomentoindustrial como a estos efectos debe ser consideradala Junta de Carnes, quedó constituido -sin causa jurídica ni motivo racional— en el desencadenante de la quiebra" (fs. 1016 vta. y 1017/ 1017 vta.).
14) Que la extensa transcripción del agravio se justifica por que permite contrastar cada una de las afirmaciones del apelante con distintas constancias de la causa que las desvirtúan. En efecto, la delicada situación financiera por la que atravesaba fue la que leimpidió continuar con sus actividades inmediatamente después de cerrado el balance por que, a partir del mes de octubre de 1985, comolo reconoce en la demanda "no realizó actividades de matanza de animales, elaboración y exportación de manufacturas cárneas" (fs. 68).
La gravedad de su condición se evidencia, además, en tanto no pudo evitar el despido de más de dos centenares de trabajador es con quienes mantenía conflicto desde julio de 1985 (fs. 490 y siguientes) ni tampoco, reintegrar el dinero quele había adelantado la Junta Nacional de Carnes quea comienzos de enero de 1986 ascendía a la suma de
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3249
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