rios obrantes en los diver sos expedientes e incidentes en trámite y los expresos reconocimientos formulados por la contraria.
Afirman que las atenciones que deben procurarse al menor están determinadas en autos, ya sea porque la demandada ha reconocido su procedencia, o bien por las prescripciones de los especialistas en la materia.
Examinan a continuación, elementos agregados a los diversos expedientes existentes entre las partes que, a criterio de los apelantes, constituirían reconocimientos de la denandada en relación con las prestaciones que debe pr oporcionar al menor. Señalan, además, loque para los actores constituyeron distintos incumplimientos al convenio por parte de la demandada, ya sea por no brindar las prestaciones o por noreintegrar honorarios de profesionales, o gastos por servicios, o elementos necesarios para mejorar la calidad de vida del niño. Indican también diver sas contradicciones o incoherencias en las que aquélla habría incurrido, al reconocer ciertos rubros en algunas rendiciones de cuentas y desconocerlos en otras.
Destacan que el niño ha experimentado mejoras durante la vigencia de la medida cautelar, y afirman que la demandada pretende que tenga las mismas atenciones que aquellos que son atendidos en hospitales públicos conformándose con la sobrevivencia del mismo, cuando -advierten— el convenio fue para lograr el máximo de salud posible y la mejor calidad de vida del menor, como en el mismo se expresa.
Critican que la sentencia no haya analizado el peligro de la demoray la verosimilitud del derecho del niño, queimpone la necesidad de las atenciones que se requirieron y que se dieron en los términos de la medida cautelar ordenada por el juez de grado.
Afirman que la verosimilitud del derecho quedó reconocida por la demandada en diversas actuaciones, entre otras al admitir a fs. 271 del expediente de rendición de cuentas de noviembre de 2002, que el plan médico asistencial elaborado por el Dr. Juan C. Castillo, nodifiere de los tratamientos consensuados oportunamente entre los padres del menor y Swiss Medical S.A.
Al ilustrar sobre algunos de los incumplimientos que reprochan a la demandada, refier en las diversas prestaciones que comprendería el
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2909
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