la remuneración de unos sea muy superior ala que perciben los otros.
A los efectos de demostrar la similitud en las tareas que se realizan, mencionan una serie de ejemplos que extraen del informe del perito y ponen de relieve que el sistema remuneratorio que se les aplica es discriminatorio, arbitrario, ilegítimo, desigual y violatorio del los principios establecidos por los arts. 14 bis y 16 de la Constitución Nacional.
Luego de explicar el origen de la legislación que ahora tachan de inconstitucional, expresan que se intentó equilibrar las renuneraciones para no crear distinciones irrazonables, situación que ocurrióa raíz del aumento de la planta de personal de administración y la disminución del personal de juego, motivo por el cual impugnan la "solución renuneratoriaa la que se arriba por aplicación del régimen señalado" y solicitan que serestablezca la igualdad entre las categorías de cada una de las ramas.
Reiteran que la sentencia interpreta en forma "caprichosa y antojadiza" la prueba pericial de autos y que se sustenta en afirmaciones dogmáticas, carentes defundamento, sin considerar quela disparidad en el origen de los fondos que constituyen las asignaciones generales —caja de empleados y bonificación compensatoria— y el modo en que son percibidas, no habilitan a fijar un régimen remuneratorio distinto.
Finalmente, advierten que la cámara se pronunció sin tener ala vista los cuerpos correspondientes a las pruebas periciales y se agravian por la imposición de las costas.
— 1 Considero queel recurso extraordinario interpuestoesformalmente admisible, toda vez que se halla en tela de juicio la interpretación y aplicación de normas de carácter federal y la decisión del superior tribunal de la causa ha sido contraria alas pretensiones de los apelantes.
—IV-
En cuanto al fondo del asunto, ante todo, cabe recordar que, en la tarea de establecer la inteligencia de normas de la índole mencionada, la Corte no se encuentra limitada por las posiciones del tribunal ape
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2883
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