tratar aspectos conducentes para dirimir el pleito, todo lo cual se traduce en falta de fundamentación adecuada de la sentencia con la consiguiente afectación de los derechos de defensa en juicio y del debido proceso legal.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia de recurso. Apartamiento de constancias de la causa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que extendióla condena a los restantes codemandados y a su aseguradora por un accidente de tránsito al prescindir de las conclusiones del juez penal para quien la conducta del conductor no había sido "ni desaprensiva ni imprudente", por lo que en sede civil no pudo, sin nuevos elementos que avalaran la decisión, establecer lo contrario.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia de recurso. Apartamiento de constancias de la causa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que extendióla condena a los restantes codemandados y a su aseguradora por un accidente detránsitoal expresar, sin pruebas que lo sustentaran, que el chofer de un ómnibus había asumido una conducta sumamente riesgosa, a pesar de que las constancias de la causa indicaban que había sido el conductor de un camión quien, noobstante circular detrás del colectivo y haber sido advertido acer ca de la maniobra de giro que aquél se disponía a efectuar, se lanzó por la izquierda en un intento de sobr epasarlo.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia de recurso. Apartamiento de constancias de la causa.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia si del expediente criminal surge que se dispuso el sobreseimiento definitivo del chofer del ómnibus en virtud de que había quedado fehacientemente acreditado que conducía en forma reglamentaria, pues había efectuado las correspondientes luces de giro y disminuido la velocidad pararealizar el viraje hacia su izquierda, lo que no podía ser soslayado por el tribunal al tiempo de resolver sobre la responsabilidad en el evento.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala M, denególos recursos extraordinarios deducidos por los coaccionados Seguros Ber
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2538
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