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Fallos: 326:2319 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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21.033 y 23.028 —relativas al régimen de remuneraciones y retiros de la Prefectura Naval Argentina-, resulta idóneo para entender en las actuaciones el fuero federal de la Seguridad Social, especializado en la materia y al cual la ley 24.655 le atribuye competencia en su art. 2° inc. c).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—|-

Los integrantes de la Sala lll dela Cámara Federal de la Seguridad Social y el magistrado a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo número 2, discrepan en torno ala competencia para entender en la presente causa. (v. fs. 69 y 79 respectivamente).

El titular del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 10, se declaró competente (v. fs. 35) para entender en la demanda presentada contra la Prefectura Naval Argentina, en donde se sdlicitó la anulación de la resolución que rechazó el recurso de reconsideración y jerárquico (en subsidio) presentado por el demandante, como así también la nulidad de la planilla de cálculo denominada "Cómputo y Liquidación Indemnización por Unica vez".

En el mismoescrito se reclamó, además, el pago, por parte del citado cuerpo, de las sumas que resulten de la diferencia entre el monto abonado y el solicitado.

A fojas 50, la Fiscal de Primera Instancia dedujo apelación contra la citada providencia, solicitando se dejara sin efecto tal resolución, por considerar competente en el caso al fuero contencioso administrativo, al tratarse —adujo— de una causa derivada de un contrato administrativo.

En oportunidad de ser elevados los autos al superior, la apelación mencionada fue sostenida con el memorial respectivo por la Fiscalía General 2 (v. fs. 68). Siguiendoel criterio del representante del

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2319 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-2319

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