FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de febrero de 2003.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente, el Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, al que se leremitirá. Hágase saber al Juzgado Federal N° 3 de La Plata.
JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO CÉsar BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ADoLFo ROBERTO VÁZzQuez.
VICENTE BATTAGLIA v. AN SES
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.
Son inconstitucionales las normas nacionales de jubilaciones y pensiones cuya aplicación provoque una disminución de la prestación superior al 15.
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.
La ausencia de prueba del menoscabo concreto que podría haber ocasionado la aplicación del sistema de topes máximos, obsta a la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de febrero de 2003.
Vistos los autos: "Battaglia, Vicente e/ ANSes s/ reajustes por movilidad".
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:215
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