INOCENCIO PAPADOPULOS v. ANSES
RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN: Seguridad social.
Corresponde confirmar la sentencia que revocó la resolución de la instancia anterior que había hecho lugar ala demanda y reconocido os servicios prestados si no se acompañaron elementos documentales u ofrecido declaraciones testificales que permitan corroborar la veracidad de los certificados agregados a la causa.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de mayo de 2003.
Vistos los autos: "Papadopulos, Inocencio c/ AN Ses s/ reconocimiento de servicios".
Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento dela Sala | dela Cámara Federal dela Seguridad Social querevocóla sentencia dela instancia anterior que había hecho lugar a la demanda y reconocido los servicios prestados entre el 1° de enero de 1960 y el 31 de diciembre de 1983, el interesado dedujo el recurso ordinario que, concedido, resulta formalmente admisible (art. 19, ley 24.463).
29) Que para decidir de tal manera la alzada ponderó que el actor nose había afiliado al sistema previsional ni efectuado en forma contemporánea los aportes a los servicios que dijo haber prestado, y que lastareas denunciadas entre 1960 y 1968 para la firma "Finca El Progreso" con domicilio en la Provincia de la Rioja, impedían reconocer los servicios autónomos presuntamente desarrollados en favor de las empresas "Francisco Aurelio S.R.L." y "Metalúrgica Lamitral" por el período que va desde 1° de enero de 1960 hasta el 31 de diciembre de 1983, circunstancias que no se modificaban por la información sumaria producida antela justicia dela Provincia de Salta.
3) Que, en el caso, la falta de afiliación oportuna al sistema previsional no puede ser considerada como un óbice determinante para el reconocimiento requerido, ya que la demandada tuvo por acreditados
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1655
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