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Fallos: 326:1371 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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nitiva, se trató, la que dio inicio al trámite, deuna denuncia genérica dirigida a varias empresas, lo que en algún punto, según esecriterio, vino a privar denitidez a la supuesta admisión de competencia— torna inadmisible la tesitura del alegado consentimiento a la intervención del Ministerio de Trabajo.

—VI-

En mérito de lo expuesto, opino que corresponde admitir el recurso y confirmar la sentencia. Buenos Aires, 30 de abril de 2002. Felipe Danie Obarrio.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 24 de abril de 2003.

Vistos los autos: "Unión S.A. c/ Estado Nacional — Ministerio de Trabajo s/ impugnación acto administrativo".

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal que antecede, a los que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada, con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial dela Nación ). Notifíquese y remítase.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CARLos S. FAYtr — AUGUSTO César BELLusciO — GUILLERMO A. F. López — AnoLFo Roserto VÁzQuez — JuAN CARLos MAQuEDA.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1371 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-1371

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